APP se pronuncia sobre segunda versión del proyecto de reglamento de Ley N°30947

La Asociación Psiquiátrica Peruana APP emitió esta tarde un pronunciamiento respecto de la segunda versión del proyecto de reglamento de la Ley N°30947, en el que destaca los importantes avances contemplados en la Ley de Salud Mental y expresa su desacuerdo con temas fundamentales de la reciente propuesta de reglamento.

En su pronunciamiento, la asociación señala, entre otros temas, que el Artículo 15.2 de esta segunda propuesta de reglamento resulta "inconsistente" respecto del Artículo 25 de la Ley de Salud Mental, donde se señala que "El diagnóstico y la determinación de la existencia de un problema de salud mental se realizan por médico psiquiatra colegiado con apoyo técnico de salud mental; y en ausencia de este, por médico cirujano colegiado, de acuerdo a las normativas técnicas asceptadas internacionalmente".

Asimismo, sosotiene que la segunda versión del proyecto de reglamento omite incluir la definición de "trastorno mental y del comportamiento" como problema de salud mental incluido en la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud.

En ese sentido, demanda al Ministerio de Salud que tome en cuenta las recomendaciones que le alcanzaron institucionalmente hace algunas semanas. "No se han considerado las recomendaciones alcanzadas por la Asociación Psiquiátrica Peruana APP mediante la Carta N° 250-2019-APP dirigida al Ministerio de Salud", reza el segundo párrafo del pronunciamiento.

Finalmente, la APP solicita al Ministerio de Salud que invite a sus representantes a participar en las reuniones de trabajo en las que se está formulando el proyecto.